Esto fue lo que detectó la Cámara de Cuentas en la Unidad de Electrificación Rural

En otra Investigación Especial realizada por la Cámara de Cuentas de la República (CCRD) a la Unidad de Electrificación Rural y Suburbana (UERS) se detectaron irregularidades financieras por cientos de millones de pesos, que comprometen la administración de Victoria Reyes Alcántara, en los gobierno de Danilo Medina.

La experticia comprende el periodo de agosto de 2012 hasta el mismo mes de 2020, donde se analizaron contratos suscritos con empresas, los procesos de adquisición de bienes y servicios; pago de nóminas y otros.

El órgano de control externo del Estado realizó la investigación con el propósito de determinar la legalidad y confiabilidad de la información presentada por la entidad.

Entre los hallazgo se detectaron sobrevaluaciones en compras, diferencias de nóminas, pago de personal de identificados; registro incorrecto del gasto, desembolsos irregulares por concepto de horas extras, compras de bienes que no fueron localizados, expediente de compras irregulares, adjudicaciones de contratos sin las certificaciones de la DGII y TSS, entre otros.

El objetivo principal de la entidad es desarrollar proyectos de electrificación en las comunidades rurales y suburbanas del país, mediante el uso de fuentes de energía renovable y no renovable.

Los estudios e investigaciones especiales se realizan, según la CCRD, en los casos en que se presuma la existencia de irregularidades tipificadas por el Código Penal o por leyes especiales, tales como crímenes o delitos contra el patrimonio público. “De igual manera, tienen lugar estos estudios en cualquier otro tipo de control posterior que realice la Cámara de Cuentas”.

La auditoría se realizó a solicitud de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA), que investiga los casos de malversación, apropiación, despilfarro, sustracción de fondos públicos y otros ilícitos penales.

La investigación especial aprobada por el Pleno de la Cámara detectó lo siguiente:
-1 Diferencias entre la ejecución presupuestaria, nóminas físicas y nóminas en formato digital:

a) Diferencias entre nóminas según ejecución presupuestaria vs nóminas físicas por un monto ascendente a RD$9,865,689.
b) Diferencias entre nóminas según ejecución presupuestaria vs nóminas en formato digital por RD$21,054,438.
c) Diferencias entre nóminas físicas vs nóminas en formato digital, por un monto de RD$30,920,127.
6-2 Pagos de personal no identificados en las ejecuciones presupuestarias, ascendente a RD$234,651,192.

-3 Ausencia de normativas para el gasto ejecutado de beneficios laborales (Primas por antigüedad), ascendente a RD$176,833,735.

-4 Registros incorrectos del gasto, ascendente a:

a) RD$15,402,000., por concepto de gasolina, registrado en Compensación por Horas Extraordinarias
b) RD$12,353,833., por concepto de Prima de transporte, registrados en Compensación por Horas Extraordinarias.
-5 Impuesto sobre la Renta dejado de retener a empleados de la entidad, ascendente a RD$5,515,640.

-6 Diferencias en lo presupuestado versus lo ejecutado en publicidad y propaganda, ascendente a RD$20,395,010.

-7 Pagos por concepto de publicidad y propaganda

a) Facturación a un sólo proveedor sin el procedimiento de selección acorde con la Ley, ascendente a RD$30,572,924.
b) Desembolsos por adquisición de bienes sin identificar el destino, ascendente a RD$2,602,653.
c) Desembolsos sin certificación de recepción, ascendente a RD$4,421,612.
6-8 Expedientes de compras con irregularidades, ascendente a RD$395,730,007.

a) Sin evidencias de certificación de existencias de fondos.
b) Procedimientos de compras por Comparación de Precios que no están conforme a la ley.
c) Ausencia de contratos que formalicen la compra.
-9 Ausencia de certificación de pago a la DGII y a la TSS, ascendente a RD$423,599,255.

-10 Inadecuada composición del Comité de Compras y Contrataciones.

-11 Contrataciones sin cumplir formalidades legales.

a) Contratación de proveedor con Registro de Proveedores del Estado (RPE) inhabilitado.
b) Contratación de servicios de publicidad de manera directa, por montos de RD$1,491,600. y RD$1,412,500.
-12 Licitación Pública Nacional sin cumplir formalidades legales, por un monto de RD$426,618392.

a) Ausencia de Reporte de Lugares Ocupados b) Expediente incompleto.
-13 Sobrevaloración de precios en la adquisición de bienes, ascendente a RD$1,490,932

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