Promulgan ley que permite al MP perseguir sin denuncia

 

El presidente de la República, Luis Abinader, promulgó la Ley núm. 361-22 que permitirá que de ahora en adelante el robo sin violencia y sin armas pueda y deba ser perseguido por el Ministerio Público.

El objetivo es robustecer los planes y políticas de la actual Administración en favor de la prevención de la delincuencia y lucha contra la impunidad.

Bajo esta ley, el órgano persecutor podrá ejecutar acción penal sin necesidad de que exista una denuncia o querella por parte de la víctima.

Con esta modificación el indicado delito deja de ser un hecho punible de acción pública a instancia privada, y pasa a ser simplemente de acción pública.

La ley promulgada modifica el artículo 31 de la Ley núm. 76-02, del 19 de julio de 2002, que crea el Código Procesal Penal de la República Dominicana.

Esta disposición normativa responde a los datos estadísticos que dan cuenta que las denuncias de los robos sin violencia y sin armas en espacios públicos, negocios y hogares, son una de las conductas más recurrentes y perturbadoras de la paz social.

Sin embargo, el modificado artículo 31 del Código Procesal Penal venía generando que varios de esos hechos punibles quedaran impunes, debido a que solo podían ser perseguidos por el Ministerio Público siempre y cuando existiera el sometimiento de una instancia por parte de la víctima.

La puntual modificación, que entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial, viene a robustecer los planes y políticas de la actual Administración en favor de la prevención de la delincuencia y lucha contra la impunidad.

“Es una iniciativa propia del Ministerio Público que viene a robustecer el compromiso del Gobierno del presidente Abinader en la puesta en ejecución de una política Estatal contra la criminalidad”, destacó la Presidencia.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *