Nueva Ley dispone fiscales sometan por robo sin armas

La Cámara de Diputados convirtió ayer en ley la modificación del artículo 31 del Código Procesal Penal Dominicano, para que el robo sin violencia y sin el uso de armas, sea castigado como un delito penal, perseguido de oficio por el Ministerio Público, sin la presentación de querella.

La reforma a la Ley 76-02, que crea la norma procesal penal, el robo sin violencia dejará de ser de instancia privada (de exclusividad entre las partes), para ser perseguido por acción pública.

Es decir, pasa a ser un infracción a cargo del Estado, investigada por los fiscales, a quienes se les atribuye la facultad de buscar y presentar las pruebas en contra de quienes sea acusados de robo.

La enmienda elimina del Código Procesal Penal las excepciones que permitía para el robo sin violencia.

La ley pasa ahora al Poder Legislativo para su promulgación, con el derecho de observarla.

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