PRO-COMPETENCIA CONVOCARÁ MERCADOS REGULADOS DE CONFORMIDAD AL ART. 69 DE LA LEY 42-08       

El Consejo Directivo de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (PRO-COMPETENCIA), en la sesión del pasado martes 2 de noviembre de 2021, aprobó, a unanimidad, dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 69 de la Ley 42-08 sobre Competencia.

En virtud de lo anterior, PRO-COMPETENCIA convocará a las diferentes instituciones públicas facultadas para regular los mercados de energía, hidrocarburos, transportes aéreo, marítimo y terrestre, telecomunicaciones, derechos de la propiedad intelectual (derechos de autor y derechos de la propiedad industrial), servicios profesionales de salud y educación, servicios financieros (servicios bancarios, seguros, pensiones y mercado de valores), para revisar, proponer y dictar de forma conjunta, la reglamentación de competencia que regirá el funcionamiento de dichos mercados productivos y profesionales. Asimismo, cualquier otra dependencia administrativa que fuera creada en el futuro con similares propósitos de regulación de determinado sector del mercado podrá ser convocado por la Comisión Nacional para los fines dispuestos en este artículo 69.

Importante es destacar que, el contenido reglamentario de cada uno de los sectores antes mencionados, se hará fundamentado en la normativa especial que regula su funcionamiento, la ley 42-08, la Carta Magna y los tratados, a fin de que el marco institucional del derecho de la competencia en el país, en las áreas de interés público y social, quede debidamente completado.

Esta iniciativa claramente propiciará la consolidación del marco institucional complementario delegado por el legislador a Procompetencia y permitirá la resolución efectiva de conflictos sobre libre y leal competencia que pudieran suscitarse en estos mercados regulados.

 

                                                                                                                   

 

    

 

 

 

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